Primeras líneas: bienvenida

Bienvenidos a Primera Línea, un espacio de difusión de reflexiones académicas en torno a asuntos de relevancia y actualidad de la realidad jurídica penal corporativa.

Las empresas y los ciudadanos corporativos de hoy se enfrentan a enormes desafíos. Uno de ellos es el verse obligados a caminar por geografías de riesgos cada vez más densas, cuyo efecto inmediato consiste en el incremento de las probabilidades de que las administraciones (o las líneas de negocio) se concreten en resultados lesivos para las compañías. Lo anterior ocurre por múltiples razones que van desde el déficit de organización, los indebidos flujos de información, hasta ingobernables contingencias externas. Por esta razón, es natural que diferentes disciplinas jurídicas, vinculadas a la empresa, como lo es el derecho penal corporativo, hubieran incorporado, en su lenguaje, conceptos como líneas de defensa, compliance, defensa reactiva, litigio preventivo, entre otros. Bajo esta óptica, nuestro equipo de abogados se ha comprometido con las tareas de divulgación y análisis académico sobre problemáticas vinculadas con nuestra práctica. Así las cosas, con una periodicidad bimensual, MPa publicará el boletín que usted tiene en sus manos o en su pantalla: Primera línea.

En esta primera entrega hablaremos de tres temas: dolo, concursos, y sindicatos. Uno de los paradigmas del derecho penal de empresa es la atribución de responsabilidad por dolo eventual. Este fenómeno ha tenido una tendencia expansiva como quiera que es más factible que, a los ciudadanos corporativos, se les criminalice en virtud de la infracción objetiva a sus deberes, bajo el concepto de la previsibilidad en un resultado que se deja al “azar”. En síntesis: el agente corporativo comete la conducta de las dos maneras, con la plena intencionalidad (pura y dura, es decir, dolo directo) o con una previsibilidad cuyo resultado se deja al azar (dolo eventual). Cabe aclarar que esta última modalidad no solo es más sencilla de probar, sino que es más fácil incurrir en ésta en un mundo de decisiones cada vez más rápidas, de más riesgos y donde el éxito ya no es el resultado de años y años de trabajo, sino de decisiones, que, al borde del abismo, deben permitir alcanzarlo en corto tiempo.

El otro tema importante es el de “concursos” que no es otra cosa que determinar si frente a una pluralidad de actos nos encontramos ante “varios” o ante “uno global” o frente a “uno cometido por partes”, lo que al final recibe el nombre de delito continuado o delito masa u otros. Esto es, sin duda, muy importante para los incidentes punibles dentro de la empresa, pues según si es uno, o varios delitos, se establecerá quién es el fiscal y juez competente, si es querellable, si procede o no la acusación privada, si incide en las cuentas de prescripción, o incluso si la conducta tiene o no medida de aseguramiento de detención preventiva. Finalmente hablaremos de los sindicatos o, mejor, de la razón por la que han aumentado los casos penales en donde se denuncia por violación de los derechos de reunión y asociación, pero como será quien escribe este editorial el que hable de ello, mejor los invito a leer el texto.

Esperamos que esta publicación les sea de utilidad a nuestros amigos, colegas y, en general, a todos aquellos vinculados con la administración, defensa y supervisión de los ciudadanos corporativos. Bienvenidos a “Primera línea”, su compañía será la razón de nuestra publicación.